Durante años en España hemos tenido un SISTEMA «PIRAMIDAL» DE PENSIONES DE JUBILACIÓN mal diseñado e injusto.
Os propongo un nuevo sistema de pensiones de jubilación más simple, justo y sostenible.
La reforma del sistema de pensiones se basaría en una RENTA BÁSICA Incondicional a la que se añadiría una cantidad proporcional a todas las aportaciones realizadas durante toda la vida laboral actualizadas con el IPC. Para el cálculo de esta última cantidad sólo se tendría en cuenta los parámetros de edad de jubilación y de esperanza de vida.
Se eliminaría, por lo tanto, el injusto parámetro de años trabajados que actualmente es imposible de cumplir por personas que no han podido tener trabajos continuados y de jornada entera durante su vida laboral.
El sistema de pensiones de reparto (es un sistema piramidal), que defienden las diversas «organizaciones de pensionistas», es el actual sistema de pensiones públicas que viene del régimen franquista con ligeras mejoras y algunas empeoras. Y que ni el Pacto de Toledo, con el Ministro Escriba al frente, ni los gobiernos, ni los partidos, ni las organizaciones de pensionistas, como secuaces, quieren cambiar para favorecer, consciente o inconscientemente, los planes de pensiones de la banca.
El tiempo trabajado es un parámetro discriminatorio aplicado sin motivación (excepto para pagar menos pensiones). Debería eliminarse el tiempo trabajado en el cálculo de las pensiones. E introducir el cálculo en base a toda la vida laboral.
El sistema de pensiones actual ha discriminado y sigue discriminando sin motivación alguna a los siguientes colectivos:
1.- Se discrimina sin motivación (excepto que favorecía a la administración) a las todas las personas cuya relación laboral se había extinguido antes de 1 abril 2013, siempre que con posterioridad a tal fecha no vuelvan a quedar incluidas en alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social. La disposición final duodécima de la Ley 27/2011 de 1 agosto, vulnera el articulo 14 CE que los españoles sean iguales ante la ley, y así, discrimina a las personas que habían perdido su empleo antes del 1 abril 2013 y no habían vuelto a encontrar empleo, para que no puedan aplicar la excepción del cálculo de la base reguladora a 25 años (más favorable) y se las obligue a calcular según la ley anterior de 15 años. Y no podemos denunciar dicha discriminación al Defensor del Pueblo Español (ver Expediente 21004754 salida 29/03/2021 – 21041406) porque no puede presentar recursos de inconstitucionalidad al tribunal constitucional pasados 3 meses de la publicación de una ley ni tampoco de las modificaciones posteriores de dicha ley (Articulo 33 Ley Orgánica 2/1979).
2.- Se discrimina sin motivación a los solicitantes de jubilación que no cotizaron un mínimo de 15 años (y además 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho (fecha de la jubilación) negándoles una pensión contributiva . Y si cumples tienes derecho solo al 50% de tu pensión de jubilación. (En Suiza sólo se necesita UN año de cotización para tener derecho a una pensión de jubilación).
3.- Se discrimina sin motivación a los pensionistas por no alcanzar un máximo de años cotizados, porque para recibir el 100% de la pensión de jubilación deben: alcanzar la edad ordinaria, que será de 66 años y seis meses de edad en 2024, y tener 36 años y 6 meses cotizados; o hacerlo a los 65 años de edad, siempre y cuando hayas cotizado al menos 38 años.
4.- Se discrimina sin motivación a las personas con contrato a tiempo parcial obligando a cotizar el doble más de años para tener los 15 años mínimos de carencia.
Gracias al Tribunal Justicia de la Union Europea (donde los jueces españoles están en minoría) se ha corregido esta discriminación. Que no os engañen: no ha sido el logro de ni de algún partido politico, ni de alguna asociación de pensionistas.
Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-531/23 | [Loredas] 1
Ordenación del tiempo de trabajo: los empleadores domésticos deben establecer un sistema que permita computar la jornada laboral diaria de cada empleado de hogar https://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2024-12/cp240206es.pdf
Así podemos comprobar como el tiempo trabajado es un parámetro discriminatorio aplicado sin motivación (excepto para pagar menos pensiones).
Ni es justicia ni es social: el sistema público de pensiones – Value School
Primer video de 40 minutos de la serie «Ni es justicia, ni es social», una coproducción de Value School dirigida por el profesor Jesús Huerta de Soto que abordará a lo largo de tres entregas los pilares del Estado de Bienestar: las pensiones, la educación y la sanidad.
https://youtu.be/_ngdSg4VPIM?si=EtNwWOH91pxRJvMq