La verdad sobre los impuestos injustos
Para explicar un conjunto de impuestos injustos, confiscatorios, discriminatorios e incluso inconstitucionales, vamos a comparar el funcionamiento del estado español y sus regiones autonómicas con una imaginaria comunidad de propietarios (estado) formada por varios bloques (regiones). Y los impuestos del estado son equivalentes a las cuotas de las comunidades de propietarios.
El funcionamiento de la comunidad de propietarios imaginaria (estado) se basa en un presupuesto de gastos que la comunidad aprueba y que se reparten entre los propietarios en forma de cuotas en función del coeficiente de propiedad, es el equivalente al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) calculado por el Catastro a partir del valor del suelo y del valor de la construcción.
Ahora vamos a añadir más cuotas a la comunidad de propietarios. Como algunos bloques tienen algunos gastos propios de funcionamiento la junta de propietarios propone las siguientes cuotas adicionales:
– Cuota sobre Sucesiones, que tendrán que pagar los herederos del fallecido antes de poder registrar el piso a su nombre, la cuota será función del bloque en que viva y del parentesco del fallecido. Y si los herederos no puedan pagar la cuota serán expulsados del piso y dicho piso pasará a ser propiedad de la Comunidad de Propietarios.
– Cuota sobre Donaciones, se establecerá cuando un propietario haga un donativo (por ejemplo donar su piso a otra persona), así se evitará que los propietarios no paguen la cuota sobre Sucesiones.
– Cuota sobre Transmisión Patrimonial y Actos Jurídicos Documentados se pagará cuando un propietario venda su piso a otra persona.
– Cuota sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana se pagará en función de la diferencia del valor de compra y el de venta de los pisos.
– Cuota sobre el Patrimonio se aplicará a las personas que tengan varios pisos y el porcentaje anual a pagar será función del valor total de sus pisos.
– Cuota sobre Construcciones, Instalaciones y Obras se aplicará a los propietarios que realicen cualquier obra en su piso.
– Cuota sobre Actividades Económicas se aplicará anualmente a los propietarios que ejerzan alguna actividad empresarial en su piso.
– Cuota sobre Vehiculos de Tracción Mecánica se aplicará anualmente a las personas que tengan vehículo y será función del bloque que tenga su piso.
A estas cuotas de la comunidad se aplican exenciones a algunos colectivos: Confesiones religiosas, asociaciones, fundaciones, etc.
Supongo que ustedes considerarían injustas las cuotas sobre Sucesiones, Donaciones, Transmisión Patrimonial, Patrimonio, etc., por lo tanto, estas cuotas cobradas como impuestos por el estado serán también totalmente injustas, confiscatorias e inconstitucionales, pero «legales».
También deberían derogarse todas las injustas subvenciones, elusiones, exenciones de las cuotas de comunidad a ciertos colectivos inexplicablemente privilegiados.
Existen más impuestos y leyes injustas e inconstitucionales, pero esto serán tratados más adelante.
Estos impuestos injustos se mantienen por los partidos que votamos, por lo tanto, no vuelvan a votar a los partidos actuales que mantienen estas leyes e impuestos injustos e incluso inconstitucionales. En sus votos esta cambiarlo.
Basado en las ideas del capitulo 17 Derogación de impuestos del libro ¡350 podemos lograrlos! que pueden descargar gratuitamente en esta web.